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Presupuesto 2024: el Consejo de Estado advierte contra un impuesto dirigido únicamente a las empresas de autopistas

La creación de un impuesto sobre los posibles "plusbeneficios" de las concesionarias de autopistas presenta por sí sola un "alto riesgo" desde el punto de vista jurídico, advierte el Consejo de Estado, en un dictamen solicitado por el Gobierno de cara al presupuesto para 2024.

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Presupuesto 2024: el Consejo de Estado advierte contra un impuesto dirigido únicamente a las empresas de autopistas

La creación de un impuesto sobre los posibles "plusbeneficios" de las concesionarias de autopistas presenta por sí sola un "alto riesgo" desde el punto de vista jurídico, advierte el Consejo de Estado, en un dictamen solicitado por el Gobierno de cara al presupuesto para 2024.

Ante la rentabilidad de concesionarias como Vinci, Sanef o Eiffage, que considera excesiva, el Gobierno se plantea gravar exclusivamente a las empresas de autopistas o gravar a todas las empresas vinculadas por un contrato de concesión con el Estado, un ámbito más amplio que incluye, en particular, a determinadas empresas aeroportuarias. operadores. Para garantizar la seguridad jurídica de estas dos opciones, el ejecutivo solicitó en abril un dictamen al Consejo de Estado, publicado el martes en el sitio web de la jurisdicción administrativa y retransmitido por el periódico Les Échos.

Un nuevo impuesto dirigido específicamente a los concesionarios de autopistas o un aumento de su tributación "presentaría (...) un alto riesgo de ser considerado por el juez constitucional como un ataque manifiestamente desproporcionado al derecho a mantener acuerdos legalmente celebrados", subraya el Consejo de Estado. Las concesiones que vinculan al Estado a estas empresas establecen, de hecho, "que en caso de modificación, creación o supresión (...) de impuestos, derechos o tasas específicos de las empresas concesionarias de autopistas", estas últimas tienen derecho a "medidas compensatorias, en particular aranceles”.

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Además, los magistrados del Palacio Real desestiman todos los argumentos de “interés general” invocados por el Estado para neutralizar esta cláusula. Por tanto, sigue existiendo la posibilidad de gravar más ampliamente a las empresas vinculadas al Estado mediante un contrato de concesión o un contrato similar. Estas empresas “constituyen una categoría homogénea que el legislador, a efectos de gestión presupuestaria, puede imponer de forma específica”, escribe el Consejo de Estado.

Pero advierte al gobierno: si su impuesto ampliado tiene el “efecto práctico de pesar exclusiva o casi exclusivamente” sobre las empresas de autopistas, consideradas más rentables que los operadores de aeropuertos, Vinci, Eiffage y otros corren el riesgo de exigir la famosa “compensación” prevista por la concesión. contratos en caso de un nuevo impuesto.

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