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Redes sociales: la Asamblea aprueba una ley protectora de los derechos de imagen de los niños

La Asamblea Nacional adoptó definitivamente, el martes 6 de febrero, por unanimidad, un proyecto de ley destinado a proteger mejor los derechos de imagen de los niños frente a los excesos de algunos padres que los exponen sin reservas en las redes sociales.

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Redes sociales: la Asamblea aprueba una ley protectora de los derechos de imagen de los niños

La Asamblea Nacional adoptó definitivamente, el martes 6 de febrero, por unanimidad, un proyecto de ley destinado a proteger mejor los derechos de imagen de los niños frente a los excesos de algunos padres que los exponen sin reservas en las redes sociales. Este texto consensuado es una respuesta a los desvíos denunciados por asociaciones, como los de los “vlogs” (videoblogs) gestionados por padres que comparten intimidad familiar, a veces en una carrera por los “me gusta” en busca de ingresos publicitarios.

Su objetivo más amplio es “empoderar” a los padres frente al riesgo de uso malicioso de imágenes compartidas. Y para decirles a los niños “que sus padres no tienen un derecho absoluto sobre su imagen”, explicó su autor, el diputado macronista Bruno Studer. Al no haber logrado ponerse de acuerdo entre diputados y senadores sobre algunos puntos, fue la Cámara Baja la que tuvo la última palabra, con la adopción definitiva de su versión del texto, apoyada por el Gobierno.

Esta ley introduce la noción de “vida privada” del niño en la definición de patria potestad del Código Civil. Y precisa que los derechos de imagen del menor son protegidos “conjuntamente” por ambos progenitores, teniendo en cuenta la opinión del menor. Si hay desacuerdo entre los progenitores, el juez podrá prohibir a uno de ellos “publicar o difundir cualquier contenido relativo al niño sin la autorización del otro progenitor”. En casos graves de atentado a la dignidad de un niño, el texto abre incluso la posibilidad de una delegación forzosa de la patria potestad.

De este modo, un juez puede confiar el ejercicio de los derechos de imagen del niño a un tercero, como por ejemplo a un miembro de la familia, o incluso en casos graves proceder a una delegación total del ejercicio de esta patria potestad. La Asamblea insistió en mantener esta disposición que el Senado consideró innecesaria. La oposición celebró el martes el carácter "educativo" de la ley, aunque cuestionó su "impacto real". Varios diputados criticaron a la mayoría por actuar con pequeños pasos en lo que respecta a la protección de los niños en el mundo digital, en lugar de hacerlo a través de una ley importante.

Según las cifras citadas durante los debates, un niño aparece por término medio “en 1.300 fotografías publicadas en Internet antes de los 13 años”. Y “el 50% de las fotografías intercambiadas en foros de pornografía infantil fueron publicadas inicialmente por los padres en sus redes sociales”.

"Algunas imágenes, en particular fotografías de bebés desnudos o de niñas vestidas de gimnasia, son de especial interés para los círculos pedófilos", subraya Bruno Studer. Más allá de los "contenidos sexualizados", también mencionó casos de imágenes "que pueden dañar al niño a largo plazo", provocando en ocasiones ciberacoso.

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