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La Iglesia puede negarse a borrar un bautismo de sus registros

La Iglesia católica puede negarse a borrar de sus registros la mención de un bautismo, prevaleciendo el interés de la Iglesia en conservar estos datos sobre la voluntad de un particular que desee su supresión, según una decisión del Consejo de Estado consultado.

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La Iglesia puede negarse a borrar un bautismo de sus registros

La Iglesia católica puede negarse a borrar de sus registros la mención de un bautismo, prevaleciendo el interés de la Iglesia en conservar estos datos sobre la voluntad de un particular que desee su supresión, según una decisión del Consejo de Estado consultado. por la AFP el sábado. “El interés inherente, para la Iglesia Católica, a la conservación de los datos personales relativos al bautismo (...), debe ser considerado como una razón legítima imperiosa, prevaleciendo sobre el interés moral del solicitante” deseando “que estos datos sean definitivamente borrado”, considera el alto tribunal administrativo en esta decisión dictada el viernes.

En la Iglesia católica, el bautismo sólo puede recibirse "una vez en la vida de una persona, exigencia que podría verse obstaculizada por la eliminación permanente del registro" si la persona interesada desea posteriormente "reintegrarse a la comunidad cristiana", añade. El Consejo de Estado fue contactado por una persona que impugnó el hecho de que la Comisión Nacional para las Informáticas y las Libertades (CNIL) hubiera cerrado su denuncia relativa a la mención de datos personales que le conciernen y que figuran en el registro de bautismo de la diócesis de Angers.

El Consejo de Estado invoca la posibilidad, para cualquier persona bautizada, de “hacer anotar en el registro su decisión de renunciar a todo vínculo con la religión católica”. Dado el carácter “no desmaterializado” de los registros, “los datos sólo son accesibles a los interesados ​​para la información que les concierne, así como a los ministros de religión y a las personas que trabajan bajo su autoridad”, señala el tribunal. "Estos datos no son accesibles a terceros" y se conservan "en un lugar cerrado", añade.

En 2014, el Tribunal de Casación ya había rechazado el recurso de un hombre que quería que se eliminara la mención de su sacramento del registro parroquial. Había considerado que “desde el día de su administración y a pesar de su negación, el bautismo constituía un hecho cuya realidad histórica no podía ser cuestionada”.

La decisión del Consejo de Estado es “interesante” dado que es la primera vez que debe pronunciarse en el contexto de la aplicación del Reglamento general de protección de datos (RGPD), vigente en Francia desde 2018, señala Nicolas Hervieu, profesor de derecho público. “Pero ésta es la posición del Consejo de Estado francés que interpreta el derecho europeo. No es seguro que los Tribunales Supremos de otros Estados de la UE se pronuncien en la misma dirección”, afirmó a la AFP. "Algunos podrían potencialmente cuestionar al Tribunal de Justicia de la UE" sobre este punto, pero es "él quien tiene la última palabra".

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